DONACIONES A ORGANIZACIONES DE INTERÉS GENERAL
Donaciones a organismos establecidos en un Estado europeo (CGI, Artículo 200, 4a) Desde el 1.1.2010, donaciones y pagos realizados a organismos autorizados cuya oficina central se encuentra en un Estado miembro de la Unión Europea que no sea Francia o en un Estado Parte del Espacio Económico Europeo que haya celebrado un convenio fiscal administrativo con Francia para combatir la evasión fiscal y la evasión fiscal puede reducción de impuestos La acreditación se otorga cuando la organización persigue objetivos y tiene características similares a las organizaciones con sede en Francia que pueden recibir donaciones imponibles.